PARA PROTEGER LA SALUD DE LOS TRABAJADORES
Empresas deberán cumplir 60 nuevas obligaciones
En 18 meses tendrán
que ser implantadas,
en forma progresiva,
por los empleadores
Sesenta nuevas obligaciones formales son las que tendrán que cumplir los empleadores de la actividad privada para proteger la salud de los trabajadores y evitar riesgos de accidentes en los centros laborales, informó la Cámara de Comercio de Lima (CAL) luego de la publicación del nuevo Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado a través del Decreto Supremo N° 009-2005-TR.
Sin embargo, de acuerdo con la primera disposición transitoria de esta norma, la aplicación de las nuevas obligaciones que establece será progresiva en 18 meses, lo que para dicho gremio significa hasta el 1 de abril de 2007.
En virtud a lo dispuesto en el mismo reglamento, advirtió que los empleadores deberán llevar hasta diez registros sobre la salud y accidentes, además de aprobar un reglamento interno de seguridad y salud, y realizar “monitoreos” y auditorías. “A su vez, tendrán que proporcionar equipos de protección a los trabajadores, y comunicar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) los casos de: fallecimiento, accidentes y enfermedades ocupacionales detectadas”, precisó la CCL.
Las empresas con 25 o más trabajadores tendrán un comité de seguridad y salud, mientras que las que cuenten con menos de 25 mantendrán un supervisor de seguridad, especificó dicha institución empresarial al calificar a estas obligaciones de fundamentales para los empleadores.
El citado reglamento tipifica por último las infracciones consideradas leves, graves y muy graves, que serán sancionadas con multa por la autoridad administrativa de trabajo, sin perjuicio de las medidas correctivas, incluyendo la orden de paralizar labores, si fuera el caso.
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