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AFIRMA SU PRESIDENTE, JAVIER ALVA ORLANDINI
TC jamás ha excedido sus atribuciones
Carta Magna no establece el tipo de sentencia que el Tribunal Constitucional puede emitir, precisa
El Tribunal Constitucional (TC) jamás se ha excedido en sus atribuciones, ya que la Constitución no establece el tipo de sentencias que puede aplicar, afirmó ayer su titular, Javier Alva Orlandini.
“El estado de derecho funciona en el Perú plenamente, lo que pasa es que a veces, como ocurre en toda la vida, hay algunas cosas que nos gustan y otras que no nos gustan”, apuntó.
El presidente de la Comisión de Constitución, Ántero Flores-Aráoz, afirmó ayer que, en algunos casos, el TC se ha excedido en sus funciones al emitir sentencias exhortativas, cuando la Constitución precisa que sólo puede declarar la inconstitucionalidad de una norma.
Al respecto, Alva Orlandini refirió que en la jurisprudencia internacional las constituciones no establecen los tipos de sentencias que los tribunales constitucionales pueden emitir.
Mencionó que, doctrinariamente, las sentencias se clasifican en estimativas y desestimativas. Cuando se ampara la demanda, se subdividen en sentencias interpretativas, manipulativas y, dentro de éstas, las sentencias reductoras y aditivas.
“También hay las sentencias sustitutivas o exhortativas, que al parecer no les gusta”, anotó.
Las críticas sobre un supuesto exceso de funciones del TC se producen en medio de la polémica respecto a su posición de que los fallos del Jurado Nacional de Elecciones pueden ser revisados.
Sostuvo que era válida la propuesta de Transparencia de establecer una doble instancia en el interior del JNE, mediante una reforma de la Constitución.
Sin embargo, afirmó, ello no impedirá que ante la violación de derechos constitucionales se pueda recurrir al Tribunal.
JNE no puede
sustraerse a control
Por otro lado, durante su presentación ante la Comisión de Constitución del Congreso dijo que el JNE no puede sustraerse al control constitucional.
“Es absolutamente absurda la pretensión del Jurado de ser una instancia autárquica, sin ningún control, al margen de toda institucionalidad republicana y democrática”, declaró Alva Orlandini al respaldar la propuesta para que el JNE pierda su condición de última instancia en materia electoral.
Manifestó que si los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial someten sus resoluciones al control constitucional del TC, no existe razón para obviar de este procedimiento al JNE.
Descartó que de aprobarse un proyecto de ley en ese sentido se presentarán más de tres mil acciones de amparo en las próximas elecciones. A lo mucho –dijo– podrían llegar al medio millar.
Negó, además, el riesgo de retrasar el calendario electoral, porque las tachas de una candidatura deben resolverse en un plazo de dos días.
Opinó, por otro lado, que el proyecto del JNE para que las resoluciones de este organismo sean impugnadas mediante un recurso extraordinario, no resuelve el problema de la doble instancia, pues este recurso será resuelto también por los cinco integrantes del Jurado.
En su exposición, Alva Orlandini sostuvo que está garantizada la independencia y autonomía del JNE para tomar decisiones constitucionales.
Enrique Mendoza, presidente del JNE, y Javier Alva Orlandini, del TC, se presentaron ante la Comisión de Constitución del Congreso para exponer sus puntos de vista sobre el proyecto de ley que propone que las sentencias electorales sean revisadas por el Poder Judicial y el TC.
JNE: Revisión de fallos generaría inestabilidad política
La posibilidad de hacer revisables los fallos del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) podría poner en riesgo la transición democrática y generar inestabilidad política en el país, advirtió ayer el presidente de dicha institución, Enrique Mendoza.
En su presentación ante la Comisión de Constitución del Congreso, Mendoza negó sustento constitucional al proyecto de ley que propone dicha medida, y además consideró que resultaría inaplicable por la carga procesal del Tribunal Constitucional y la Corte Suprema de Justicia.
Un subgrupo de la comisión planteó una iniciativa legislativa para permitir la impugnación de los fallos del JNE ante el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional.
El presidente del JNE argumentó que los artículos 142 y 181 de la Constitución expresan que las resoluciones del JNE no pueden ser revisadas en la vía judicial. “Si el TC quiere cambiar esta norma, debe hacerlo mediante una reforma constitucional, y no por la vía de la interpretación”, indicó.
Señaló que la institución que dirige ha presentado al Congreso un proyecto de ley para instaurar el “recurso extraordinario de afectación del debido proceso”, para asegurar la doble instancia en todas sus decisiones, y al que podría recurrir el candidato que considere vulnerados sus derechos.
Mediante este mecanismo, explicó, el pleno del JNE podría revisar sus propias decisiones, y así modificar cualquier error que pudiera cometer.
En otro momento, el presidente del ente electoral afirmó que al haberse inscrito 30 partidos para participar en las próximas elecciones generales, los candidatos al Congreso podrían presentar más de tres mil 600 acciones de amparo.
Frente a esa situación, manifestó que ni el TC ni la Corte Suprema estarían en condiciones de resolver dichas impugnaciones en los plazos que establece la ley, lo que llevaría a un retraso en el calendario electoral.
Agregó que sólo la Sala de Derecho Constitucional de la Corte Suprema no ha resuelto más de dos mil expedientes, y el TC ha proyectado que no podrá solucionar este año más de siete mil expedientes.
Expresó además que incluso las resoluciones del TC podrían ser impugnadas ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con lo cual se arriesga que los resultados electorales sean ventilados ante la justicia internacional.
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