Sousa. plantearÁ modificaciÓn a dictamen
Sólo algunas ONG no tributarán
Beneficios serán para las que se ocupen de temas sobre desarrollo
Las demás pagarán impuestos como cualquier empresa
Nancy Miller Cabrera
nmiller@editoraperu.com.pe
El pleno del Congreso tiene previsto realizar hoy la segunda votación de la ley que regula el funcionamiento de las ONG. Pero, previamente, será puesta a consideración de la representación nacional una modificación al texto aprobado días atrás. Sobre ella dialogamos con el presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, Rolando Sousa (AF).
¿Qué explicación les dio a los representantes de las ONG durante la reunión que sostuvo con ellos?
Les hemos dicho claramente cuál es la orientación de la norma, quiénes tienen la obligación de registrarse y quiénes no. En este segundo caso, las ONG no inscritas pueden seguir trabajando pero no se les considera como partícipes de la cooperación técnica internacional y, por consiguiente, no tendrán derecho a las exoneraciones.
¿Qué ONG sí están obligadas a inscribirse ante la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI)?
Aquellas que se dedican a temas referidos al desarrollo y obtienen fondos gubernamentales.
¿Cuáles son las ONG de desarrollo?
Son aquellas que están comprendidas en el artículo 2° del Decreto Legislativo N° 719, y se denominan así porque complementan la actividad del Estado en servicios públicos, de salud y de educación.
¿Ese dispositivo incluye a las ONG especializadas en temas como la libertad de prensa y derechos humanos?
No las alcanza para nada.
¿Qué pasará con las organizaciones que están fuera de la inscripción?
A partir de la aprobación de esta ley esas ONG no tendrán derecho a devolución del Impuesto General a las Ventas, ni a importar vehículos, ni a las exoneraciones tributarias, como la del Impuesto a la Renta, ni a ningún beneficio de ese tipo. Serán reconocidas como empresas que reciben donaciones de entes privados del exterior; y a ese dinero no se le llamará cooperación internacional.
¿Quiere decir que algunas ONG desaparecerán?
No sé si desaparezcan, pero eso es lo que establecerá la ley.
¿Se está planteando entonces un nuevo artículo?
Efectivamente, se trata de un nuevo texto que tendrá que ser analizado otra vez y requerirá de una segunda votación, salvo que sea exonerado de este último requisito.
¿Se les ha explicado todo esto a las ONG?
Me parece que el quid del asunto para ellos es no estar inscritos en la APCI, y que no les importa si no tienen beneficios tributarios.
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