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APRUEBAN. normas PARA acatamiento DE LEGISLaCIÓN DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO
Avanza reforma en la gestión pública

- El Indecopi fiscalizará el cumplimiento y las infracciones de entidades
- Falta de adecuación a ley impedirá el cobro de derecho de los trámites


El Gobierno aprobó los lineamientos generales que deberán atender más de dos mil entidades públicas nacionales, regionales y municipales al elaborar su nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), para adecuarse a la Ley del Silencio Administrativo Positivo, según lo precisa el DS Nº 079-2007-PCM.
En consecuencia, las entidades públicas tendrán un cronograma para justificar ante la PCM todos los procedimientos que se tramitan en cada entidad, los que deben estar adecuados a la Ley Nº 29060, del silencio administrativo; de lo contrario, una vez vencidos los 15 días hábiles para subsanar errores o incumplimientos, las instituciones omisas estarán impedidas de cobrar por los derechos de trámite y además serán fiscalizadas y sancionadas por la CAM del Indecopi.


Entre los aspectos más importantes de la norma, tenemos que, en concordancia con la Ley Nº 27444, el monto de los derechos por tramitación no excederá el costo real del servicio, que comprende el costo marginal “para atender lo solicitado, gastos operativos y mantenimiento de infraestructura asociada a cada procedimiento”, precisa un informe legal de la Cámara de Comercio de Lima.
Se prohíbe también cobrar tasas en un procedimiento administrativo, como condición o requisito previo a la impugnación o apelación de las resoluciones administrativas. Ello guarda concordancia con la Sentencia del TC (Exp. 3741-2004-AA/TC) que proscribió la vieja costumbre de “pague primero para reclamar después”, recuerda el gremio empresarial.


Cronograma

Todas las entidades públicas presentarán a la PCM, a través de correo electrónico, el formato de sustentación legal y técnica del contenido del nuevo TUPA, además deberán presentar el TUPA vigente, de acuerdo con el cronograma siguiente:

30 de octubre para todos los ministerios.

30 de noviembre para los organismos públicos descentralizados.

Para las demás entidades, hasta antes del 2 de enero de 2008.






 
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