SITUACIÓN. mayorÍa DESCONOCE NORMAS QUE PROTEGEN A EMPLEADAS DEL HOGAR
Problemática doméstica
Dirigentes de trabajadoras dicen que la ley necesita perfeccionarse.
Mujeres sufren una “triple discriminación”: étnica, sexual y de origen.
José Vadillo Vila
jvadillo@editoraperu.com.pe
La señora K está sorprendida: Griselda no quiere estudiar. La familia K siempre tuvo como práctica incentivar la superación de las jóvenes que trabajan en la casa. Así, por ejemplo, lograron que su anterior empleada se graduara de enfermera. Algo que llenó de orgullo a todos. Ahora, la señora K no comprende por qué la joven de 19 años le dice que no desea estudiar, que prefiere pasar sus horas libres viendo la televisión.
A todo esto, la señora K ignora que lo que hace casi por instinto, reconociendo la labor de alguien a quien confía la salud, alimentación y el cuidado de sus dos hijas mientras ella trabaja fuera, no es sólo un acto de buena fe, sino una obligación que está en el artículo 17º de la Ley Nº 27986.
Pero, como la mayoría de los empleadores de la clase media peruana, la señora K desconoce los términos de esta norma de las trabajadoras del hogar. El caso de la señora K es particular. Habitualmente, sucede lo contrario: las “patronas” –arcaísmo verbal que nos queda de la época de las haciendas– no quieren que sus trabajadoras del hogar se superen. “Allá las tontas que lo permiten, pues las chicas se vuelven muy vivas”, se lo han repetido a la señora K.
Cambios
María Bastidas, especialista de género de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), refiere que esta problemática “no sólo tiene que ver con las condiciones del trabajo”, sino que son mujeres que sufren una “triple discriminación”: por su condición étnica (indígenas), sexual (mujeres), de procedencia (mayoritariamente de los lugares más pobres de la Sierra o Selva), además de ser jóvenes.
Esa discriminación se traduce en la violación de sus derechos fundamentales y, en muchos casos, de sus derechos sexuales. Recuerda Bastidas que a escala latinoamericana existen proyectos que buscan impactar en esta problemática, pero son esfuerzos “bastante limitados”, porque requieren un mayor enfoque de las entidades públicas como de los propios empleadores.
“Una de las grandes expectativas de la sociedad civil, las ONG y las propias trabajadoras es que se efectúe la revisión de la Ley Nº 27986, para que se alcance un cambio real en sus condiciones de vida y trabajo.”
Aclaración
Para Adelina Díaz, secretaria general del Sindicato Nacional de Trabajadoras del Hogar del Perú (Sintrahogar), la situación “pasa por todos los problemas: moral, cultural, laboral, afectivo, sexual y masivo”.
“Sabemos que a escala mundial nuestro sector se organiza, que somos parte importante para el progreso económico del país, que tenemos muchas posibilidades para el desarrollo. Entonces, que no nos vean como las pobrecitas.”
Hay muchas injusticias que se dan contra las trabajadoras del hogar, por lo cual pidió “más énfasis” en el trabajo de la Defensoría del Pueblo, al igual que de los ministerios de Trabajo (MTPE) y de la Mujer (Mimdes), y así puedan organizarse mejor.
También, en su opinión, se debería “educar y capacitar” a la Policía Nacional. Y que las empleadoras no olviden su condición de mujeres, para no violar los derechos de sus trabajadoras como el derecho a la seguridad social, por ejemplo, que muchas veces no se cumple porque el aporte no se da sobre el sueldo real que reciben ellas, sino en el cálculo del sueldo mínimo.
Sofía Mauricio, coordinadora de La Casa de Panchita, dice que su entidad presentó en marzo, el mes de las trabajadoras del hogar, un oficio a la ministra de Trabajo.
Familia y futuro
Por su parte, Guillermo Fustamante, director de Protección del Menor, Seguridad y Salud en el Trabajo, del MTPE, juzga que lo único que falta es la difusión de la Ley Nº 27986, para que los derechos no se queden en el papel, sino se pongan en práctica.
“Es posible que se reciban algunas críticas, pero la norma se dio con el mejor ánimo y es perfectible en el tiempo. Los empleadores desconocen o no están acostumbrados a cumplir los derechos de las trabajadoras del hogar. Se cree que éstas son de segunda clase, porque no hay un concepto claro de que se trata de un oficio digno como todos, con derechos reconocidos por la ley.”
En este contexto, dice que la ley de los trabajadores del hogar será uno de los temas que tocará el MTPE en el espacio televisivo que tiene en TV Perú, para propalar a escala nacional los derechos que estipula.
Sin embargo, pone énfasis en la importancia de la familia, ya que un porcentaje de estos trabajadores son niños y niñas, que laboran –muchas veces indocumentados– bajo diversas modalidades como padrinazgos, y por ello pide que los programas de las ONG no sean sólo de “bomberos”.
“Debemos tener programas sociales que instruyan a las familias en salud, educación, paternidad responsable... Es un tema muy delicado. Los padres no asumen sus responsabilidades y llegada una determinada edad se despojan de la carga familiar y ponen a sus hijos o hijas a trabajar en casas, para aliviar de alguna manera la condición de la propia familia, y si se puede llevar al menor a Lima, mejor. Por eso, debemos brindarles opciones a las familias y que la condición de empleadas del hogar no se convierta en algo generacional.”
La edad mínima requerida para las trabajadoras del hogar es de 14 años, previa autorización de sus padres o apoderados.
Limitaciones
Para Guillermo Fustamante, la ley y su reglamento (DS Nº 015-2003-TR) deben afinar lo relacionado con la función de inspección de las condiciones laborales, ya que hay limitaciones por la naturaleza privada de los centros laborales en este caso (hogares) y el derecho a la inviolabilidad de domicilio, salvo autorización del empleador o de la autoridad judicial.
Algo más
Mayor información en www.mintra.gob.pe y www.cesip.org.pe.
Apoyo municipal
Hay una demanda de las empleadoras por trabajadoras del hogar capacitadas y con garantía en sus referencias. Por ello, desde 2003 funciona el proyecto Consolidación de soportes institucionales para trabajadoras del hogar, de la ONG Cesip, con pilotos en los municipios de Jesús María, Pueblo Libre, Magdalena del Mar y Lima Metropolitana.
Las mujeres interesadas pueden incluirse en las bolsas de trabajo que se dan en las comunas o en sus demuna. Además, reciben adiestramiento en el centro Capacitación conmigo, de Jesús María.
Mercedes Alarcón, responsable del proyecto, explica que se acercaron a otros distritos pero (éstos) “no han percibido la importancia de desarrollar una experiencia semejante”. Sin embargo, la idea del plan es que sea repetido en otras comunas.
De interés
Temas por revisar
Entre los temas que se pueden perfeccionar a la Ley Nº 27986, se citan:
1) Celebración del contrato. El artículo 3º de la ley dice que sea “celebrado en forma verbal o escrita”, pero el contrato verbal sirve para el no cumplimiento de las obligaciones del empleador. Por ello, se pide que sea siempre escrito.
2) Compensación por Tiempo de Servicios (artículo 9°). No precisa que el pago de la CTS debe hacerse obligatoriamente al finalizar cada año. Además, sólo ofrece el equivalente a 15 días de remuneración por año, cuando a cualquier trabajador del sector privado se le da el equivalente al mes.
3) Jornada laboral (artículos 14º y 15º). Se pide que no se hagan distingos entre trabajo para el hogar “cama afuera” y “cama adentro”, si no que en ambos casos la jornada laboral sea de ocho horas.
4) Derecho a la educación (artículo 17º). Debe incluir a todos los trabajadores del hogar, no sólo a adolescentes y jóvenes.
5) Riesgos y pagos (artículo 18º). Se pide que precise varias opciones de pago a Essalud (9%). Además, que el pago al Sistema Nacional de Pensiones (13%) guarde relación no con el salario mínimo vital, sino con los sueldos reales.
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