EJECUTIVO. PRESENTAN PROYECTO LEGAL EN CUMPLIMIENTO de la SENTENCIA DEL Tribunal Constitucional
Proponen nueva ley de percepciones
El Poder Ejecutivo decidió atender las recomendaciones del Tribunal Constitucional (TC) respecto a la legalidad del régimen de percepciones del Impuesto General a las Ventas (IGV). Así, remitió un proyecto de ley al Parlamento para subsanar las observaciones de inconstitucionalidad del colegiado al sistema, sobre el cumplimiento del principio de reserva de ley, que debe realizarlo hasta antes del 31 de diciembre.
En la propuesta legal, de esa manera, se considera conveniente regular no sólo lo objetado por el TC sino también los otros regímenes de percepción del IGV, que también adolecerían de iguales vicios de inconstitucionalidad formal declarado por el tribunal, como son importaciones, venta interna y combustibles. Se regula, asimismo, que las tasas varían del 0.5 % al 5 % del precio venta en las importaciones, venta interna y compra de combustibles.
El proyecto de ley del régimen de percepciones, prácticamente contiene la misma estructura del actual régimen establecido por la Ley Nº 28053, que fuera cuestionado por el TC sobre las facultades conferidas a la Sunat para cambiar las disposiciones de los pagos adelantados del IGV. De ahí que le concedió un plazo hasta el 31 de diciembre para corregir las facultades conferidas al ente fiscal.
En consecuencia, la iniciativa recoge la actual normativa de los aspectos esenciales de estos regímenes y propone también delegar la regulación de los demás aspectos esenciales a normas con rango de decreto supremo, fijando los parámetros para efectuar dicho afinamiento. Entre ellos, las reglas generales y específicas del régimen de percepciones; régimen aplicable a la importación de bienes; y modificaciones de normas con rango de ley como del IGV, Nuevo RUS e ITF, etc.
No hay variaciones
La Cámara de Comercio de Lima resaltó la eliminación de las facultades otorgadas a la Sunat para modificar el regímen de percepciones, como la propuesta más importante.
“Ahora, los tres regímenes que existen a la fecha sobre percepciones se unen en un solo texto, fijando que los sujetos, tasas y otras formalidades sean precisados por decreto supremo del MEF, previa opinión técnica de la Sunat”, señala.
El régimen de percepciones consiste en exigir al importador y al comprador, que además de los impuestos que gravan la operación, obligatoriamente paguen un adelanto del IGV que le causarán las operaciones futuras que realicen, agrega.
Modificaciones
• Ejecutivo prevé la incorporación de los siguientes cambios:
• Se establece que las normas aclaratorias y demás precisiones al nuevo régimen de percepciones se hará por decreto supremo, previa opinión técnica de la Sunat.
• Los montos pagados en las percepciones serán aplicados contra el IGV del mes al que corresponde la operación, de existir algún exceso éste se arrastrará mes a mes hasta agotarlo, pudiendo ser materia de compensación con otras deudas tributarias, previa solicitud del contribuyente.
• Mantener la estructura del régimen de percepciones, eliminándose las facultades que tiene Sunat para señalar a los sujetos y fijar las tasas de las percepciones (la Sunat está impedida de modificar los elementos esenciales de la obligación tributaria).
Datos
S/. 660 millones es el monto de las percepciones del IGV aplicadas hasta setiembre último. En 2006 llegó a 756 millones. Durante 2007, el 60% de este importe corresponde a percepciones en importación;
30% a ventas internas; y el restante al 10% del régimen aplicado a los combustibles.
El régimen que muestra más dinámica es el de venta interna, pues de enero a setiembre obtuvo un crecimiento acumulado de 33.9 %, en buena parte reflejando el incremento de la demanda.
La Sunat regularía aspectos como documentos que sustenten la percepción efectuada; declaraciones
de agentes y plazo de presentación; cuentas y registros de control.
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