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| editorial |
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Preferir a los mejores
La decisión de exigir que para contratar docentes éstos deban pertenecer al núcleo de los mejores alumnos de sus respectivas escuelas o universidades, constituye una actitud coherente con la política destinada a elevar la calidad de la enseñanza en la escuela pública que el Gobierno intenta poner en práctica.
Como lo referimos desde esta columna en anteriores ocasiones, es muy importante para el Perú lograr una enseñanza pública de mejor calidad, porque en ello se juega mucho de nuestras posibilidades de desarrollo para las próximas décadas. En efecto, el país logró expandir de modo notable la educación durante la segunda mitad del siglo pasado: el analfabetismo retrocedió significativamente, el acceso a la educación básica se multiplicó y se elevó tanto la posibilidad de ingresar a la educación secundaria como a la superior y técnica.
Sin embargo, ese avance cuantitativo se dio a costa de lo cualitativo, porque en la actualidad nos encontramos en uno de los últimos lugares en comprensión de lectura y matemáticas en la región. Tal situación tiene que revertirse, ya que de no lograr este objetivo el crecimiento de la economía se vería comprometido debido a la incapacidad de los eventuales trabajadores para adaptarse a la economía de hoy, centrada en el conocimiento.
La lógica nos dice que mejores profesores generarán resultados de mayor calidad, por ello creemos positivo que se decidiese contratar a los mejores alumnos de las escuelas de formación magisterial. Esta medida debería complementarse con una evaluación de dichos centros que forman a los futuros educadores y con estímulos destinados a premiar a los maestros más capaces.
Los educadores cuyos alumnos aprenden más y en menos tiempo deberían obtener una especie de “bono de la calidad”, que implique un aumento, con lo cual habría un interés preciso en elevar la calidad de la educación en cada escuela y colegio de la República. Los esfuerzos en esta mejora se dan pese a las críticas y los cuestionamientos de sectores que parecen querer oponerse a todo esfuerzo que conduzca a la elevación cualitativa de la enseñanza pública en nombre de una especie de populismo reivindicativo. |

CONTROL POPULAR A LAS AUTORIDADES ELECTAS
¿Un salvavidas a la ineficiencia?
“Todos los ciudadanos tienen el derecho de participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Tienen también el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y los procedimientos determinados por ley orgánica. (...)”; es lo que precisa a la letra la Constitución Política del Perú en su artículo 31, el cual concuerda con lo estipulado en la Ley Nº 26300, que versa sobre los mecanismos de participación y control ciudadanos.
En ese contexto, el artículo 21 de la precitada ley establece: “Los ciudadanos tienen el derecho de revocar a las autoridades elegidas. No procede la revocatoria durante el primero y el último año de su mandato, salvo el caso de magistrados.” Dicho esto, considero inapropiada la modificación planteada en el proyecto de Ley Nº 2041, propuesto por el Poder Ejecutivo: “Los ciudadanos tienen el derecho de revocar a las autoridades elegidas. La revocatoria procede al cumplirse la mitad del mandato respectivo, pero no durante el último año del mismo, salvo el caso de magistrados (...)”; la proposición fue presentada a la Oficina de Trámite Documentario y Estadística Procesal del Congreso, el 9 de enero del presente año.
A nuestro entender, dicha iniciativa legislativa obedece a los numerosos requerimientos de revocatoria de autoridades que se han suscitado en días recientes. En este sentido, el Poder Ejecutivo, en atención a las múltiples peticiones (mecanismos de presión) formuladas por las diversas autoridades regionales y municipales, propone al Parlamento la mencionada iniciativa legal.
Visto el planteamiento del Poder Ejecutivo, juzgo inviable que el Parlamento apruebe el mencionado proyecto de ley, por cuanto se suspenderían o postergarían derechos ciudadanos consagrados en nuestra Carta Magna, más aún si consideramos que la iniciativa legal se sustenta en el pedido o quizá la “protesta” de un grupo de autoridades cuestionadas por su ineficiencia o inoperatividad.
Es prioritario que “todos” los ciudadanos, partiendo de sus autoridades, cumplan y hagan cumplir las leyes existentes; por ello, los presidentes y consejeros regionales, los alcaldes y regidores deben esforzarse por desarrollar una gestión efectiva y de calidad en pro de su región o comuna, al igual que de sus electores.
Finalizo evocando aquella frase latina: “Vox pópuli, vox Dei.”
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