EN AUTOS RECONSTRUIDOS
Prohíben registro
No podrán inmatricularse en el Registro de Propiedad Vehicular aquellas unidades reconstruidas, entendiéndose a éstos como aquellos vehículos armados sobre la base de piezas y repuestos que formaron parte de uno o varios vehículos desmontados.
Así lo estableció la Sunarp en la RS Nº 140-2008-SUNARP/SN, la cual detalla que tampoco podrán inmatricularse los vehículos denominados chasis motorizado o chasis cabinado.
La entidad igualmente fijó que para la inmatriculación en el citado registro de vehículos importados bajo el régimen de internamiento temporal, deberá adjuntarse a la solicitud de inscripción la Declaración Única de Aduanas (DUA) que establezca esta condición de ingreso del vehículo al país y el período de vigencia.
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