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RETROCESO. CON DEROGATORIA DE LEY FORESTAL 
Se incumpliría compromisos fijados en TLC

- Ministra Aráoz recordó que norma ya fue variada por el Congreso
- Previamente se trabajó para buscar su plena consistencia

  
La eventual derogatoria de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Decreto Legislativo N° 1090) implicaría el incumplimiento de Perú de compromisos establecidos en el Anexo Forestal del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos y el inicio de un proceso de solución de controversias, advirtió el viceministro de Comercio Exterior, Eduardo Ferreyros.
“Los diversos sectores involucrados en el proceso de implementación del acuerdo comercial trabajaron para buscar la plena consistencia de la norma con las obligaciones contenidas en el TLC con Estados Unidos”, expresó.
Precisó que, de esta manera, se buscó eliminar toda posibilidad de contradicción que pudiera crear confusión e inseguridad jurídica para los agentes económicos y de inversión en el Perú.

Precisión
A su turno, la ministra de Comercio Exterior y Turismo, Mercedes Aráoz, enfatizó que la norma, puesta en controversia por representantes de las comunidades nativas de la selva, ya fue modificada mediante la Ley N° 29317 aprobada el 14 de enero último por el Congreso de la República.
“La Ley N° 29317 recogió diversas propuestas, comentarios, precisiones y observaciones generadas en los diversos foros de análisis organizados por el Congreso, a través de la Comisión Multipartidaria encargada de estudiar y recomendar la solución a la problemática de los pueblos indígenas”, precisó.
Recordó que también se estableció una Mesa de Diálogo para evaluar los decretos legislativos.
“Las modificaciones realizadas permiten el buen manejo del sector forestal como elemento clave para la promoción del valor económico y el manejo sostenible de los recursos forestales, combatiendo el comercio asociado con la tala ilegal”, sostuvo.
Añadió que en la norma se incluyó expresamente a las plantaciones forestales y a las tierras, cuya capacidad de uso mayor sea de producción forestal como recursos forestales, y con ello se precisó que constituyen patrimonio de la Nación.
“Por ello, no procede su transferencia a terceros, lo cual no restringe la posibilidad de otorgarlos en concesión", manifestó.




 
 
 
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